Sitio Web del H. Congreso del Estado de Yucatán | Poder Legislativo del Estado de Yucatán LIX Legislatura 2010 - 2012

Instituto de Investigaciones Legislativas

 

 

 

Lic. Jaime Izmael Magaña Mata
Director del Instituto de Investigaciones Legislativas del
H. Congreso del Estado de Yucatán.

Email: izmael.magana@congresoyucatan.gob.mx

 

 

 

 

 

Funciones

 

 

(Art. 159 Ter de la Ley Orgánica del Poder Legislativo)

 

El Instituto de Investigaciones Legislativas tendrá las siguientes funciones:

I.Realizar de manera permanente estudios e investigaciones teóricas y de campo, en todos los ámbitos del derecho, que incidan en la normatividad vigente en el Estado, con el objeto de proponer la actualización de la Legislación estatal;

II.Promover la celebración de convenios de colaboración e intercambio con las instancias académicas y asociaciones de más alto nivel estatal, nacional e internacional para la actualización de las fuentes de información de los diputados y profesionistas vinculados a la tarea legislativa y para el cumplimiento de las funciones del Instituto;

III.Elaborar estudios, compilar y sistematizar la jurisprudencia emitida por los tribunales federales y tratados Internacionales, con objeto de determinar su aplicabilidad en el ámbito local y la adecuación necesaria de la normatividad estatal;

IV.Editar publicaciones que contribuyan a la divulgación de estudios y asuntos legislativos y promover entre la sociedad la cultura de la legalidad y el respeto a las leyes, a través de campañas de difusión;

V.Coadyuvar con los diputados, comisiones, órganos y demás servidores públicos del Congreso, en el perfeccionamiento de los instrumentos jurídicos, técnicos y legislativos que se elaboren en el mismo;

VI.Proponer la actualización permanente de la Biblioteca y mecanismos de clasificación de información del Archivo del Congreso;

VII.Recopilar, clasificar y sistematizar, a través de la creación de bases de datos, la documentación legislativa y bibliográfica relacionadas con la ciencia jurídica, a efecto de permitir su consulta;
VIII.Compilar y sistematizar la normatividad emitida por los municipios de la entidad y la del Poder Ejecutivo;

IX.Organizar y realizar seminarios, congresos, diplomados, foros, eventos, coloquios, conferencias, cursos de técnica legislativa y de derecho parlamentario, para mantener actualizados a los servidores públicos del Poder Legislativo;

X.Coordinarse con la Oficialía Mayor para la atención oportuna de las necesidades del Congreso y las Comisiones Permanentes y Especiales;

XI.Asesorar a los municipios en la formulación y expedición de disposiciones normativas, cuando lo soliciten;

XII.Observar la perspectiva de género en los estudios y recomendaciones que emita, y

XIII.Las demás que le solicite o acuerde la Gran Comisión, el Congreso o su Presidente.

 

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Sesión de la Comisión de Presupuesto

Viernes 18 de Mayo

13:00 hrs.

 

 

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